Conclusiones relativas a la economía social y solidaria, incluyendo las cooperativas, aprobadas por la OIT

13 Jun 2022
ILC Plenary Conclusions

Por Bruno Roelants, Director General de la ACI

Las Conclusiones relativas al Trabajo Decente y la Economía Social y Solidaria (ESS) de la OIT, que incluyen explícitamente a las cooperativas, han sido aprobadas por la Plenaria de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) el 10 de junio en Ginebra, tras 10 días de discusiones (31 de mayo-9 de junio) en las que participó la ACI. Puede encontrar el texto completo aquí.

Participé en persona en el Comité de la CIT que elaboró el texto, después de haber sido acreditado a través del miembro italiano de la ACI Alianza Cooperativa Italiana en el Grupo de Empleadores (con estatus similar al que tuve en 2001 y 2002 durante las discusiones sobre la Recomendación sobre la Promoción de las Cooperativas, 2002 (n*193)), mientras que el Coordinador de Políticas de la ACI, Joseph Njuguna, y el Director de Legislación de la ACI, Santosh Kumar, participaron en línea como observadores, de acuerdo con el estatus de observador de la ACI en la OIT, e hizo un discurso en nombre de la ACI al comienzo del trabajo del Comité.

Los tres mandantes de la OIT, es decir, los gobiernos, los sindicatos y las organizaciones empresariales, elaboraron el texto de las Conclusiones, que fueron aprobadas por la Plenaria de la CIT el viernes 10 de junio. La ACI participó como parte de la Coalición Internacional de la ESS (CIESS), establecida el año pasado en línea con el Plan Estratégico 2020-2030 de la ACI, y que agrupa también a ICMIF y AIM para las mutuales, así como al GSEF y al Foro Internacional  de la ESS. Los representantes de dos miembros asociados de la ACI, Gianluca Salvatori por EURICSE (Italia) así como Filipa Farelo y Eduardo Pedroso por CASES (Portugal) estaban acreditados con sus respectivos gobiernos, mientras que Eva Cantele, Delegada General de nuestro socio en la CIESS Foro Internacional de la ESS, estaba acreditada con el gobierno francés, que tenía la presidencia del Grupo de la UE en el Comité.  

Desde la coalición ICSSE, presentamos una serie de propuestas para el texto durante las sucesivas fases de la redacción, en constante contacto con los grupos gubernamentales (África, América Latina y Caribe, Asia y Pacífico, y la UE), así como con los grupos empresariales y sindicales. Estas propuestas han tenido un impacto sustancial en el texto final.

"Conclusiones" no se consideran parte de los instrumentos de la OIT, como lo son los convenios y las recomendaciones (que tardan dos años en negociarse), y están más dirigidas al Consejo de Administración de la OIT, que examinará en noviembre cómo poner este texto en práctica. No obstante, al tratarse del primer texto sobre la ESS que se negocia entre los miembros de una agencia de la ONU, tendrá probablemente un impacto sustancial más allá de la OIT.

Como primer resultado, y probablemente el más importante, las Conclusiones incluyen una primera definición conceptual negociada en el sistema de la ONU sobre lo que es la ESS. La definición establece en su párrafo 5 que:

  • La ESS “comprende cooperativas, asociaciones, mutuales, fundaciones, empresas sociales, grupos de autoayuda y otras entidades que operan según sus valores y principios".
  • Sus entidades "operan en todos los sectores de la economía".
  • “engloba a empresas, organizaciones y otras entidades que realizan Actividades económicas, sociales y medioambientales de interés colectivo o general"
  • Se basa “en los principios de la cooperación voluntaria y la ayuda mutua, la gobernanza democrática o participativa, la autonomía y la independencia, y la primacía de las personas y el fin social sobre el capital en la distribución y el uso de los excedentes o los beneficios, así como de los activos".
  • Sus entidades "Ponen en práctica un conjunto de valores que son intrínsecos a su funcionamiento y acordes con el cuidado de las personas y el planeta, la igualdad y la equidad, la interdependencia, la autogobernanza, la transparencia y la rendición de cuentas, y el logro del trabajo decente y de medios de vida dignos".

Las Conclusiones mencionan la Recomendación sobre la promoción de las cooperativas, 2002 (n*193) dos veces como una de sus referencias fundamentales.

Destacan que la ESS contribuye " a la aplicación de soluciones tanto ya establecidas como innovadoras para brindar oportunidades de trabajo decente, y responder a las necesidades de los grupos desfavorecidos y las personas en situación de vulnerabilidad, en particular las mujeres, inclusive en las zonas rurales" (6 d), y reconocen " la contribución que aporta la ESS al respeto de la dignidad humana, al desarrollo comunitario y al fomento de la diversidad, la solidaridad, así como al respeto de los conocimientos y las culturas tradicionales, incluidos los de los pueblos indígenas y tribales" (6 j), así como " las posibilidades que ofrece la ESS para promover la inclusión

social, especialmente de las mujeres, los jóvenes y los grupos desfavorecidos, como los desempleados, las personas con discapacidad, los trabajadores migrantes y los pueblos indígenas" (7 f).

Las Conclusiones también mencionan que los miembros de la OIT deben " integrar la ESS en las estrategias nacionales de desarrollo, recuperación y empleo para favorecer las políticas macroeconómicas, fiscales, industriales, sociales, medioambientales, de fomento del empleo y de otro tipo, a fin de promover transiciones digitales y medioambientales justas y reducir las desigualdades" (9 d) y, " de conformidad con la Recomendación núm. 193, introducir medidas de apoyo para facilitar el acceso a la información, la financiación, los mercados, la tecnología, las infraestructuras y la contratación pública bien regulada y socialmente responsable, en particular de los grupos desfavorecidos y las personas en situación de vulnerabilidad" (9 h). También deben "reforzar la inspección de trabajo" y "promover la colaboración entre las inspecciones de trabajo, los interlocutores sociales y los representantes de la ESS" para supervisar las entidades de ESS (9 I) y " mejorar las estadísticas sobre la ESS, por ejemplo, mediante cuentas satélites y la colaboración entre los institutos nacionales de estadística y los representantes institucionales de la ESS, a fin de orientar la formulación y aplicación de políticas" (9 n).

El texto también invita a la Oficina de la OIT a " avanzar en la formulación de directrices internacionales sobre estadísticas en la materia y examinar las posibilidades de establecer un observatorio internacional de datos relativos a la ESS, en colaboración con las redes y los órganos representativos de la ESS, las oficinas Nacionales de estadística y las organizaciones internacionales, a fin de contribuir a la promoción del trabajo decente" (16 c).

Cabe mencionar que, a lo largo de los debates y en particular en los dos primeros días de declaraciones de todas las partes, incluidas las organizaciones representativas de la ESS y las ONG, y en el plenario de la Conferencia al final, casi todos los casos y ejemplos aportados fueron sobre cooperativas. Se recordó en la sesión plenaria que la Constitución de la OIT menciona a las "cooperativas" en su Art. 12, y que la unidad de Cooperativas de la OIT existe desde 1920.

Ahora queda un importante trabajo por delante para la ACI y las demás organizaciones representativas agrupadas en la coalición ICSSE, ya que en noviembre deberá presentarse al Consejo de Administración de la OIT un plan de trabajo sobre la ESS basado en estas Conclusiones. La OIT estará entonces bajo la dirección del actual Director General electo, Gilbert Houngbo, con quien tuve una reunión de trabajo en el marco de la transición en curso.

Author:
Bruno Roelants
Organization:
ICA Director General

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